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El proceso de compra de propiedad en Costa Rica paso a paso

Desde la primera oferta hasta la inscripción final, esto es exactamente lo que ocurre cuando se adquiere un inmueble en Costa Rica.

The costaricarealtor.com team · May 23, 2026
Vista aérea de una propiedad costera en Costa Rica con palmeras y agua azul del océano
Photo: Luis Alberto Arias / Pexels

Comprar propiedad en Costa Rica sigue un proceso legal claro y bien establecido de cinco etapas. Los compradores extranjeros y costarricenses tienen esencialmente los mismos derechos y enfrentan los mismos pasos, lo que convierte al país en uno de los mercados inmobiliarios más amigables para extranjeros en América Latina. Ya sea que esté buscando propiedades en venta en todo el país o un terreno costero en Guanacaste, entender cada etapa protege su dinero y evita retrasos al cierre.

Paso 1: Oferta y opción de compraventa

Este es el contrato vinculante que reserva el inmueble mientras se realiza la diligencia debida. Una vez que comprador y vendedor acuerdan el precio y las condiciones básicas, un abogado costarricense redacta la opción de compraventa, que fija el precio, establece las condiciones y define una fecha límite para el cierre.

El comprador deposita generalmente entre el 5% y el 10% del precio de compra en este momento, aunque el 10% es lo más habitual. Ese depósito no va directamente al vendedor, sino que se transfiere a una cuenta de fideicomiso con una empresa autorizada (ver Paso 2). El contrato debe especificar qué sucede con el depósito si alguna de las partes incumple, así que es fundamental negociar esas cláusulas antes de firmar. El abogado también confirmará que quien figura como vendedor efectivamente ostenta el título de propiedad antes de suscribir el contrato.

Paso 2: Fideicomiso regulado por SUGEF

La ley costarricense exige que los agentes fiduciarios que operen como entidades financieras autorizadas estén supervisados por la SUGEF, el ente regulador financiero del país. Tanto el depósito inicial como el precio total de compra se mantienen en una cuenta fiduciaria segregada en una institución aprobada hasta que se cumplan todas las condiciones del cierre.

El uso de un proveedor de fideicomiso regulado por la SUGEF es altamente recomendado y constituye el estándar en las transacciones inmobiliarias formales. Los fondos se liberan al vendedor únicamente en el momento del cierre, cuando se firma la escritura pública. Las transferencias internacionales a cuentas de fideicomiso costarricenses son un trámite habitual, pero su abogado le indicará los documentos antilavado que deberá presentar antes de que el agente fiduciario acepte los fondos (pasaporte, comprobante del origen de los fondos, entre otros).

Paso 3: Diligencia debida e investigación de título en el Registro Nacional

Esta es la etapa más delicada y la que determina si la transacción avanza o se detiene. La diligencia debida en Costa Rica normalmente dura entre 30 y 45 días y abarca dos líneas paralelas: legal y física.

En el plano legal, el abogado consulta el Registro Nacional para verificar que el folio real coincide con el plano catastral, que el vendedor es el titular registrado y que no existen hipotecas, gravámenes, servidumbres, anotaciones ni procesos judiciales pendientes sobre el título. Este registro es público y constituye el documento definitivo de propiedad en Costa Rica.

En el plano físico, la diligencia incluye permisos de uso de suelo municipal, permisos de construcción, conexiones de servicios públicos, restricciones ambientales y, en propiedades costeras, el cumplimiento de la Ley de la Zona Marítimo-Terrestre. En esta zona, los primeros 50 metros desde la línea de marea alta son dominio público y no pueden ser de propiedad privada. El mercado inmobiliario costarricense en zonas costeras exige una revisión especialmente cuidadosa de estos aspectos.

Cuando la diligencia debida concluye sin observaciones, el abogado da luz verde para proceder al cierre.

Paso 4: Cierre ante notario público (escritura pública)

En Costa Rica, toda transferencia de bienes inmuebles debe formalizarse ante un notario público que también sea abogado habilitado. Esto no es opcional; la ley exige que la escritura de traspaso sea redactada y autenticada por un notario.

En el acto de cierre, comprador, vendedor y notario firman la escritura. El notario la lee íntegramente en voz alta, ambas partes expresan su consentimiento y se estampan las firmas. El notario inscribe el documento en su protocolo oficial antes de presentarlo al Registro Nacional para su anotación.

Los costos de cierre que se pagan en esta etapa incluyen habitualmente:

  • Impuesto de traspaso: 1,5% del precio declarado de compraventa o del valor fiscal registrado, el que sea mayor.
  • Timbres registrales y otros aranceles gubernamentales: aproximadamente 0,5% a 0,8% en conjunto.
  • Honorarios notariales y legales: fijados por decreto público (actualizado cada dos años), típicamente entre el 1% y el 2% del valor de la propiedad según el monto de la transacción, más el 13% de IVA sobre esos honorarios profesionales.
  • Comisión del fideicomiso: varía según el proveedor.

El total de costos de cierre en la mayoría de las transacciones estándar se sitúa entre el 4% y el 6% del precio de compra. Solicite siempre a su abogado un desglose detallado con anticipación. Confirme las tarifas y porcentajes exactos vigentes con un abogado o notario costarricense, ya que pueden cambiar por decreto.

Paso 5: Inscripción de la transferencia en el Registro Nacional

El notario presenta la escritura firmada de forma electrónica al Registro Nacional, donde se inscribe y el folio real se actualiza para reflejar al nuevo propietario. La inscripción tarda actualmente entre 15 y 45 días hábiles en condiciones normales, aunque los plazos pueden variar según la carga de trabajo del registro y la complejidad de la documentación.

Una vez confirmada la inscripción, el comprador recibe una copia certificada de la nueva escritura y el Registro Nacional refleja su titularidad para todos los efectos: impuestos municipales, traspasos de servicios y futuros actos de disposición. No considere el acto de firma como el punto final; el proceso concluye únicamente cuando se confirma la anotación en el Registro Nacional.

Si la compra se realiza a través de una sociedad anónima (S.A.) o una sociedad de responsabilidad limitada (S.R.L.), el abogado también actualizará el Registro Mercantil para reflejar el traspaso de las cuotas o acciones, un trámite paralelo pero igualmente necesario.

Cuánto presupuestar más allá del precio de compra

Como referencia práctica, reserve entre un 4% y un 6% adicional del precio de compra para cubrir todos los costos de cierre y honorarios. Para una propiedad de $300,000, eso equivale a presupuestar entre $12,000 y $18,000 en costos de transacción además del precio. Tanto las propiedades en San José y el Valle Central como las de la costa Pacífico Sur en Puntarenas siguen el mismo marco legal nacional, aunque los requisitos municipales locales pueden generar pequeñas variaciones.

Contratar un abogado independiente, que no sea referido exclusivamente por el vendedor o su agente, es la decisión más importante que puede tomar un comprador. El proceso es transparente y favorable al comprador cuando se gestiona correctamente; los riesgos casi siempre provienen de omitir o apresurar la diligencia debida.

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